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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 944

Aprueba estatutos por los cuales se regira la "corporacion de asistencia judicial de la region de valparaiso"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 130921 / 6151500.

Texto oficial

Artículo 9º.- El Consejo Directivo será presidido por el Secretario Regional del Ministerio de Justicia, o quien lo reemplace y en su primera sesión designará de entre sus miembros un Vicepresidente y un Secretario y procederá a determinar el orden de procedencia de los demás Consejeros, para los efectos del reemplazo del Vicepresidente y del Secretario.