Texto oficial
Artículo 11º.- El Consejo Directivo sesionará con
cuatro de sus miembros, a lo menos, y sus acuerdos se
tomarán con el voto conforme de la mayoría absoluta de los
asistentes. En caso de empate, decidirá el voto del que
presida.
Aprueba estatutos por los cuales se regira la "corporacion de asistencia judicial de la region de valparaiso"
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