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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 944

Aprueba estatutos por los cuales se regira la "corporacion de asistencia judicial de la region de valparaiso"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 130921 / 6151507.

Texto oficial

Artículo 16º.- Corresponde al Vicepresidente subrogante reemplazar al Presidente en caso de ausencia o impedimento de éste, con todas las atribuciones y facultades inherentes.