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Artículo 15 del Decreto 412

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13128 / 7147523.

Texto oficial

Artículo 15°.- La designación del Personal de DFL. 2/68 (I), Nombramiento Supremo será hecha por decreto supremo Art. 15° expedido a través del Ministerio de Defensa Nacional, a DL. 444/74. proposición del General Director. Art. Trans. Los subtenientes de Orden y Seguridad y de Intendencia Ley 18.961, serán designados exclusivamente de entre los aspirantes a Art. 10. oficiales egresados de la Escuela de Carabineros y su Ley 17.682, antigüedad se fijará de conformidad al promedio de notas Art. 5° obtenidas en los cursos. Ley 18.961, Art. 11 y 47. Ley 18.292, derogó inc. final