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Artículo 21 del Decreto 412

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13128 / 7147530.

Texto oficial

Artículo 21°.- El Sistema de selección y ascensos del DFL. 2/68 (I), personal de nombramiento institucional se regirá por las Art. 21°. nomas reglamentarias. Ley 18.292, Art. 2°.