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Artículo 137 del Decreto 412

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 13128 · idParte: 7147667

Texto oficial

Artículo 137°.- El derecho para impetrar la devolución de las imposiciones al Fondo de Desahucio, cuando proceda, DFL. 2/68 (I), prescribirá en el plazo de tres años, contados desde la Art. 137°. baja, retiro o fallecimiento.