Texto oficial
Artículo 142°.- El monto en que se se reduzcan los DFL. 2/68 (I),
sueldos y pensiones por concepto de imposiciones para el Art. 142°.
desahucio, estará exento de todo impuesto a la renta.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto del personal de carabineros de chile
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