Texto oficial
Art. 27.- Para ser elejido Diputado o Senador es
necesario tener los requisitos de ciudadano con derecho a
sufrajio, saber leer y escribir y no haber sido condenado
jamas por delito que merezca pena aflictiva.
Además, al momento de su elección, los Diputados
deben tener 21 años cumplidos, y los senadores, 35.