Texto oficial
Artículo 10°.- Los planes de manejo serán públicos
y su consulta podrá efectuarse en las sedes de los Consejos Ley 19.079, Art. 1°
Zonales de Pesca. N° 20 bis.
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13315 / 8789130.