Texto oficial
Artículo 31.- La autorización de pesca, el permiso
extraordinario de pesca y licencia transable de pesca no
garantizan a sus titulares la existencia de recursos
hidrobiológicos, sino que sólo les permiten, en la forma y
c on las limitaciones que establece la presente ley, Ley 19.080, Art. 1°
realizar actividades pesqueras extractivas en una unidad de letra B.
pesquería determinada.
El permiso extraordinario de pesca será divisible,
transferible una vez al año y transmisible, y podrá ser
arrendado y dado en comodato.