Texto oficial
Artículo 26 B.- Antes del vencimiento de las licencias
transables de pesca clase A, a solicitud del titular,
arrendatario o mero tenedor de las licencias transables de
pesca, mediante decreto supremo fundado se asignarán según
la legislación vigente, siempre que el solicitante o los
titulares previos no hayan incurrido en un lapso de 10 años
en uno o más de los siguientes hechos:
a) Haber sido sancionado con más de cuatro
infracciones de las contempladas en los artículos 40 B y 40
C de esta ley, en una misma pesquería, no existiendo por
parte del armador recursos administrativos ni judiciales
pendientes.
b) Haber sido sancionado con más de tres caducidades
parciales en una misma pesquería, declaradas mediante
resolución firme y ejecutoriada.
c) El reiterado incumplimiento grave de las normas
laborales y de seguridad social con sus trabajadores. Se
tendrán como vulneraciones de este tipo, los atrasos u
omisiones en el pago de remuneraciones, cotizaciones
previsionales o de salud que excedan tres períodos
mensuales o la existencia de cuatro o más condenas
ejecutoriadas por infracciones a los derechos del trabajador
sobre remuneraciones, feriados, protección a la maternidad,
sindicalización y prácticas antisindicales en el plazo de
siete años.
Para los efectos de este artículo, si en un período
de 10 años, el titular de la licencia transable de pesca,
no cuenta con ninguna sentencia condenatoria ejecutoriada o
resolución ejecutoriada, no se contabilizarán las
infracciones por las cuales haya sido condenado durante el
período anterior.
El acto administrativo que niegue la solicitud del
inciso primero deberá ser notificado al peticionario por
carta certificada. Este último dispondrá de un plazo de 30
días contado desde la fecha del despacho de la
notificación, para reclamar de esa resolución ante el
Ministro, el que resolverá dentro de igual plazo. Esta
última decisión no será susceptible de recurso
administrativo alguno.
Las licencias transables de pesca que no se renueven se
licitarán conforme a las reglas establecidas en el
reglamento para la licitación de licencias transables de
pesca clase B y por un período de 20 años.