Texto oficial
Artículo 40 G.- Las sanciones administrativas serán
aplicadas conforme al procedimiento contenido en el
artículo 55 O y siguientes de esta ley.
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13315 / 9333062.