Texto oficial
Artículo 55 S.- Para los efectos de prescripción
tanto para la acción como de las sanciones será aplicable
el artículo 132 bis.
Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de pesca y acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13315 / 9333163.