Texto oficial
Artículo 19°.- Satisfechas las exigencias a que se
refiere el artículo precedente, el Servicio de Correos
entregará al importador el original del Formulario de
Importación Vía Postal y Pago Simultáneo con las copias
suficientes para que proceda al pago de los derechos,
impuestos, tasas y gravámenes que se perciban por
intermedio del Servicio Nacional de Aduanas.