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Artículo 10 del Decreto 5

Aprueba reglamento del fondo de proyectos de desarrollo artistico y cultural

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 134065 / 6161096.

Texto oficial

Artículo 10º. Los miembros de la Comisión Nacional que sean designados de conformidad al artículo 7º, excepto el representante del sector privado, y los integrantes de los Comités Especializados de Evaluación designados según lo dispuesto en el artículo 9º, anteriores, que no sean funcionarios del Ministerio de Educación, percibirán honorarios cuyo monto será determinado por la División de Extensión Cultural, con cargo a los gastos de operación del Fondart. En todo caso, dichos miembros quedarán excluidos de participar en forma directa o indirecta en los proyectos presentados al concurso. Los integrantes de la Comisión Nacional y de los Comités Especializados de Evaluación, permanecerán en sus funciones hasta el término de las actividades previstas en este Reglamento.