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Artículo 11 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 8968478.

Texto oficial

Artículo 11° En el caso que un profesional de la educación sea encargado reo por alguno de los delitos señalados en el artículo anterior, podrá ser suspendido de sus funciones por el tiempo que se prolongue la encargatoria de reo. La suspensión así decretada podrá llevar anexo o no el derecho a percibir la remuneración respectiva, ya sea total o parcialmente.