Texto oficial
Artículo 16° La función docente es aquella de
carácter profesional de nivel superior que lleva a cabo
directamente los procesos sistemáticos de enseñanza y
educación, lo que incluye el diagnóstico, planificación,
ejecución y evaluación de estos procesos y las actividades
educativas generales y complementarias que tienen lugar en
las unidades educativas.