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Artículo 81 del Decreto 453

Aprueba reglamento de la ley n° 19.070, estatuto de los profesionales de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13511 / 9224062.

Texto oficial

Artículo 81º: La incorporación a una dotación como docente en calidad de titular se hará por concurso público de antecedentes.