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Artículo 125 del Decreto 458

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13560 / 8632235.

Texto oficial

Artículo 125°.- La Dirección de Obras Municipales no dará curso a los permisos de edificación que se soliciten de acuerdo con los artículos 121°, 122° y 123° en aquellos terrenos en que la Municipalidad hubiere resuelto su expropiación, de conformidad al artículo 85° de esta ley.