Texto oficial
Artículo 4.- Los estatutos de toda corporación
deberán contener:
1.- La indicación precisa del nombre y domicilio de la
entidad;
2.- Los fines que se propone y los medios económicos
de que dispondrá para su realización;
3.- Las categorías de socios, sus derechos y
obligaciones, las condiciones de incorporación y la forma y
motivos de exclusión, y
4.- Los órganos de administración, ejecución y
control, sus atribuciones y el número de miembros que los
componen.