Texto oficial
Artículo 87º F.- Dispensación de medicamentos que
deben demostrar bioequivalencia. Si el medicamento es de
aquellos que deben demostrar bioequivalencia, el sitio web
ofrecerá la alternativa de comprar cualquiera de aquellos
que son bioequivalentes del mismo. Este ofrecimiento deberá
ocurrir antes de que finalice la compra del producto.