Texto oficial
Artículo 87º G.- Información necesaria para el
expendio. Quien solicite medicamentos por vía electrónica
deberá informar su nombre, apellido, teléfono de contacto,
correo electrónico y dirección.
Aprueba reglamento de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines y depósitos autorizados
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