Texto oficial
ARTICULO 47° Para obtener la autorización de
funcionamiento, instalación o traslado, el interesado
deberá presentar al Secretaría Regional Ministerial de
Salud los siguientes documentos:
a) Solicitud en que deberá constar la
individualización del propietario, o del representante
legal según el caso, el nombre del Director Técnico y la
ubicación del establecimiento;
b) Declaración del profesional químico farmacéutico,
que asumirá la dirección técnica de la droguería,
acreditando su calidad de tal, señalando su cédula de
identidad y domicilio particular, y
c) Copia autorizada de los instrumentos legales que
acrediten el dominio del establecimiento.