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Artículo 51 de la Ley 6.382 · Establece las cooperativas de pequeños agricultores

Establece las cooperativas de pequeños agricultores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136264 / 7248547.

Texto oficial

Art. 51. Las disposiciones de la ley número 4,531, de 14 de Enero de 1929, con excepción de las de su artículo 24, se aplicarán a las Cooperativas de Pequeños Agricultores, en todo lo que no se opongan a los preceptos de esta ley.