Texto oficial
Art. 51. Las disposiciones de la ley número 4,531, de
14 de Enero de 1929, con excepción de las de su artículo
24, se aplicarán a las Cooperativas de Pequeños
Agricultores, en todo lo que no se opongan a los preceptos
de esta ley.
Establece las cooperativas de pequeños agricultores
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