Texto oficial
Artículo 5°- El Jefe de Gabinete será el Subjefe de
La Secretaría, cargo que será ocupado por el oficial en
servicio activo de Orden y Seguridad de la jerarquía de
Oficial Superior u Oficial Jefe, quien en caso de ausencia e
inhabilidad del Subsecretario, le corresponderá subrogarle
en sus funciones.
Para este efecto, su firma también deberá estar
registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores,
Contraloría General de la República, Tesorería General u
otros organismos que corresponda.
Como Subjefe de la Subsecretaría, su función básica
es de establecer y mantener la coordinación del trabajo de
todas las dependencias de la Subsecretaría, y para lo cual
deberá:
a) Mantenerse informado de todas las materias
administrativas o de otro orden, por lo cual, pasará por su
control todos los documentos que se reciban en la
Subsecretaría, procediendo a estudiar y analizar para la
resolución del Subsecretario de Carabineros y dar normas u
órdenes en los asuntos que requieran de urgencia;
b) Presidir las reuniones periódicas de los Jefes de
dependencias, estableciendo los procedimientos de trabajo y
definir discrepancia entre los Departamentos sobre materias
determinadas, si las hubiere;
c) Firmar por el Subsecretario toda la documentación de
rutina que no sea necesaria ser conocida por éste;
d) Firmar las transcripciones de las resoluciones
dictadas por el Subsecretario;
e) Representar al Subsecretario en los Comités,
Consejos o reuniones, cuando éste lo disponga;
f) Cumplir comisiones o tareas especiales que le sean
encomendadas por el Subsecretario;
g) Ejercer la conducción de la vida interna y normal
desarrollo de sus actividades de la Subsecretaría y las
relaciones de mando y jerárquico entre sus componentes, de
acuerdo a las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes;
h) Mantener a su cargo el control general y
supervigilancia de todas las dependencias de la
Subsecretaría;
i) Calificar a los Oficiales Jefes de Carabineros que se
desempeñen en la Subsecretaría, ejerciendo sobre ellos, la
competencia disciplinaria de Cuarto Grado que señala el
Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile, No. 11.
j) Llevar y mantener al día las carpetas de
antecedentes personales y libro de Nombramiento Supremo, y
k) Confeccionar el informe anual de las labores de la
Subsecretaría, para la elaboración del mensaje
presidencial.