Texto oficial
Artículo 6°- El cargo de Ayudante de la Subsecretaría
será servido por un Oficial de Orden y Seguridad de la
jerarquía de Oficial Jefe o Capitán.
Le corresponderá:
a) Informarse de la prensa en las primeras horas de la
mañana, dando cuenta al Subsecretario de toda la
información que tenga relación con Carabineros u otras
noticias que puedan ser de interés;
b) Acompañar al Subsecretario en todos los actos o
ceremonias oficiales, como asimismo en misiones del
servicio, cuando éste lo disponga;
c) Mantener al día el escalafón de Oficiales de Orden
y Seguridad, Intendencia, Asimilados y Personal Civil de
Nombramiento Supremo de Carabineros de Chile, como asimismo
el de Complemento;
d) Llevar y mantener al día las carpetas de
antecedentes personales y los libros de vida del personal a
contrata, y vehículos;
e) Transmitir por los conductos pertinentes todas las
órdenes e instrucciones que imparta el Subsecretario;
f) Tendrá a su cargo la confección de la Orden del
Día de la Subsecretaría, y
g) Tendrá bajo su mando al personal de fila de
Nombramiento Institucional de Carabineros y de Servicios
Menores que se desempeñe en la Subsecretaría de
Carabineros y le corresponderá calificar a los primeros,
teniendo, respecto de éstos, la competencia disciplinaria
de Segundo Grado que señala el Reglamento de Disciplina de
Carabineros de Chile, No. 11.
Del Ayudante dependerá directamente la Secretaría y
Sección Confidencial.