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Artículo 11 del Decreto 469

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la subsecretaria de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13630 / 5914092.

Texto oficial

Artículo 11°- La Jefatura será desempeñada por un Oficial del Servicio de Justicia de Carabineros y tendrá las siguientes responsabilidades: a) Prestar asesoría jurídica al Subsecretario y a los demás Departamentos u Oficinas de la Subsecretaría, cada vez que sea requerida, evacuando los informes pertinentes; b) Estudiar los proyectos de decretos leyes que se presenten a la Subsecretaría como también las modificaciones que fueran menester, como asimismo de los Reglamentos Institucionales; c) Llevar el control de la tramitación de todos los proyectos de ley que interesen particularmente a Carabineros, informando al Subsecretario de todas las novedades que se vayan presentando durante su tramitación; d) Conocer y estudiar los proyectos de decreto ley que presenten otros Ministerios o Subsecretarías informando oportunamente de la incidencia o consecuencia que tales proyectos tendrían para la Institución; e) Redactar los proyectos de decreto ley, que le encomiende el Subsecretario; f) Mantener al día las Leyes y Reglamentos que tengan atingencia con Carabineros o Dirección de Previsión, como asimismo los Dictámenes e Informes de la Contraloría General de la República, y g) Mantener bajo su custodia los textos, libros o documentos de carácter jurídico que adquiera la Subsecretaría.