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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 56

Modifica el decreto con fuerza de ley numero 285, de 1953, la ley numero 6,815, de 1941, y el decreto con fuerza de ley numero 2, de 1959

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 136385 · idParte: 7248681

Texto oficial

Artículo 6.o Los cargos y sus rentas que no correspondan a funcionarios directivos, profesionales y técnicos deberán fijarse de acuerdo con la Planta Administrativa que rijan al personal de la Administración Civil Fiscal. Se entenderá por personal que cumple funciones directivas, los funcionarios que ocupen los siguientes cargos dentro de la Planta de la Corporación de la Vivienda: el Vicepresidente Ejecutivo, el Fiscal, los Jefes de Departamentos y los Jefes de Sub-Departamentos.