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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 56

Modifica el decreto con fuerza de ley numero 285, de 1953, la ley numero 6,815, de 1941, y el decreto con fuerza de ley numero 2, de 1959

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136385 / 7248687.

Texto oficial

Artículo 12.o Las personas que fueren designadas en cargos de la Planta de la Corporación, tendrán como única remuneración las fijadas en dicha planta, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 202 de la ley N.o 13,305 y de las que le corresponda por concepto de viáticos, asignación familiar, asignación de zona, asignación establecida en el artículo 9.o del presente decreto con fuerza de ley y las derivadas de los cargos de miembros de Consejos de Administración.