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Artículo 19 (DEL NRO. Nº1) del Decreto 87

Aprueba reglamento de asignaciones, sobresueldos, gratificaciones especiales y otros derechos estatutarios del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 136753 · idParte: 8107311

Texto oficial

Artículo 19º.- Derógase el ''Reglamento de Sobresueldos y Gratificaciones Especiales para el Personal de Carabineros'' aprobado por decreto del Ministerio del Interior Nº 1.606, de 1970 y sus modificaciones posteriores, como asimismo, cualquier otra disposición que sea contraria o incompatible con el presente Reglamento.