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Artículo 8 de la Ley 2.208

Ley 2.208

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137016 / 7248998.

Texto oficial

Art. 8.º 26.- Por copia de las partidas de nacimiento, matrimonio, defuncion o cualquiera otra anotacion relativa al estado civil, asentada en los rejistros respectivos $ 0.50 27.- Por un certificado de supervivencia 1 28.- Por un certificado de matrícula, o de naciona- lidad, o por su visacion 0.50