Texto oficial
TÍTULO III
METODOLOGÍAS DE MEDICIÓN Y CONTROL DE LA NORMA
Párrafo 1º - De la Metodología
Artículo 15º. La emisión anual de arsénico al aire
de una fuente emisora, corresponde a la suma de los
resultados netos de los balances mensuales de arsénico,
menos el arsénico recuperado en las operaciones de
mantención y/o limpieza, durante el reemplazo parcial o
total de equipos, o como consecuencia de la suspensión
temporal o permanente en la operación de uno o varios
equipos. El balance mensual de arsénico corresponde a la
diferencia producida entre la cantidad neta de arsénico
ingresada a la fuente emisora y la cantidad neta de
arsénico presente en todos los flujos de salida de la
misma, que no sean emisiones de gases y de partículas
emitidas directamente a la atmósfera, menos la cantidad
neta de arsénico acumulado en el periodo. El resultado de
este cálculo puede ser positivo o negativo, según el caso.
La metodología contemplada en la presente norma para
el cálculo del balance mensual de arsénico incluye, como
parte del sistema definido para establecer este balance, a
todas las operaciones unitarias realizadas desde el ingreso
de los flujos de alimentación a cualquier etapa o unidad
del proceso, hasta la producción de ánodos de cobre, cobre
blister u otro producto que no se realimenta directamente a
ninguna operación unitaria de la fuente emisora. También
incluye todas las operaciones unitarias de tratamiento de
los gases metalúrgicos, realizadas en forma previa a su
emisión a la atmósfera. Además, se incluye como parte del
mismo sistema a la operación de tostación, cuando
corresponda.
Los flujos de entrada considerados para calcular la
cantidad neta de arsénico ingresado a la fuente emisora son
todos los flujos de la alimentación, tal como se define en
la presente norma, y que no corresponden a la recirculación
directa de algún flujo interno generado en una de las
operaciones unitarias incluidas en el proceso.
Los flujos de salida considerados para establecer la
cantidad neta de arsénico asociada a los flujos de
productos y que sale del proceso sin constituir una emisión
de arsénico a la atmósfera, son todos los flujos sólidos
o líquidos o una mezcla de ambos que se generan, y no son
recirculados a algún flujo interno, en cualquiera de las
operaciones unitarias incluidas dentro de los límites del
sistema. En particular, se deben considerar los siguientes
flujos: las escorias de descarte; los productos finales,
cobre blister, cobre refinado, ánodos de cobre u otros; los
polvos captados no recirculados y tratados en procesos
independientes; y los efluentes de lavado de los gases
metalúrgicos.
El cálculo del balance mensual de arsénico debe
considerar, también, la variación mensual neta en la
cantidad de arsénico asociada al material que se acumula
dentro de los límites del sistema debido al manejo interno
del proceso y que no constituyen entradas o salidas netas.
En el caso de realizarse operaciones de mantención y/o
limpieza, reemplazo parcial o total de equipos o suspensión
temporal o permanente en la operación de uno o varios
equipos, el arsénico contenido en el material recuperado
puede constituir un flujo de salida o ser parte del material
acumulado dentro de los límites del sistema, dependiendo
del manejo interno de la fuente emisora. En cualquier caso,
la cantidad total de material y la cantidad correspondiente
de arsénico recuperadas en este tipo de operaciones
deberán ser debidamente identificadas e informadas a la
autoridad competente, en el mes en que son recuperadas. La
cantidad total de arsénico recuperado en las distintas
operaciones realizadas en el transcurso del año será
contabilizada al final del año calendario, restándose a la
emisión anual.