Texto oficial
Artículo 27º. En cada unidad de muestreo se tomarán
muestras formadas por incrementos y posteriormente se
formarán compósitos debidamente ponderados con la mezcla
homogénea de las muestras, los que serán enviados a
análisis químico para la determinación de su contenido de
arsénico. Un compósito ponderado está formado por las
fracciones de las muestras cuya masa total debe ser
proporcional a la masa total de cada unidad de muestreo que
representa. El número mínimo de incrementos para cada
unidad de muestreo y el número mínimo de compósitos será
el que se resume en la siguiente tabla:
VER DIARIO OFICAL DE 26.12.2008, PÁGINA 9.
Los tipos de corriente o material que no se
identifiquen en la tabla anterior, deberán ser informados
por cada fuente emisora a la autoridad competente,
señalando el número de incrementos y compósitos mínimos,
en la propuesta de metodología de aplicación de la norma a
la que hace referencia el artículo 30.
En el caso de la escoria de descarte y respecto al
sondaje por cancha, el número mínimo de compósitos podrá
modificarse según se justifique en la Metodología de
Aplicación de la Norma a que se refiere el artículo 30.