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Artículo 3 de la Ley 16.889 · Autoriza a las municipalidades de renaico y de villarrica para contratar prestamos

Autoriza a las municipalidades de renaico y de villarrica para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 137355 · idParte: 8345335

Texto oficial

Artículo 3°- El producto del o los empréstitos autorizados deberá ser invertido en los siguientes fines: a) Mejoramiento del Servicio de Aseo, adquisición de equipo motorizado, tractor, coloso y elementos E° 25.000,00 b) Modernización Teatro Municipal de Renaico, adquisición de butacas y otros elementos 15.000,00 c) Construcción de áreas verdes y her- moseamiento de la plaza de Renaico 10.000,00 d) Construcción de áreas verdes y her- moseamiento de la plaza de Mininco 7.000,00 e) Mejoramiento, ampliación, construc- ción de corrales y adquisición de elementos para el Matadero Municipal de Renaico 10.000,00 f) Aporte, mejoramiento y pavimentación paso bajo nivel, calle Industria, de Renaico 5.000,00 g) Aporte para urbanización de poblaciones en Renaico y Minineo 10.000,00 h) Aporte para pavimentación 10.000,00 i) Ampliación y mejoramiento del servicio de alumbrado eléctrico 8.000 Total E° 100.000,00