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Artículo 59 de Constitución Política de la República de Chile de 1833

Constitución política de la república de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137535 / 8927959.

Texto oficial

CAPITULO VII Del Presidente de la República Art. 59. Un ciudadano con el título de Presidente de la República de Chile administra el Estado, i es el jefe Supremo de la Nación.