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Artículo 13 de la Ley 2.658

Ley 2.658

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137601 / 8345536.

Texto oficial

Art. 13. La Municipalidad venderá en subasta pública los terrenos que hubiera adquirido con arreglo a los artículos anteriores, si no fueren destinados a la vía pública.