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Artículo 2 del Decreto 133

Reglamenta programa especial de educacion basica de trabajadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138178 / 6174549.

Texto oficial

Artículo 2º: El plan de estudio formal no regular del Programa Especial de Educación Básica de Trabajadores, deberá contemplar las siguientes áreas: Areas Comunicación y Lenguaje. Cálculo y Representación del Espacio. Ciencias Integradas. Al término del plan de estudio formal no regular de estudios, los alumnos obtendrán una certificación de estudios equivalentes al octavo año de educación básica.