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Artículo 3 del Decreto 133

Reglamenta programa especial de educacion basica de trabajadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 138178 · idParte: 6174551

Texto oficial

Artículo 3º: Las clases para cada área del plan señalado en el artículo anterior podrán adquirir la forma de tutorías, talleres, trabajos de investigación, material educativo u otros similares. El número de clases estará determinado por el tiempo que requiere cada alumno participante para el logro de los objetivos.