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Artículo 4 del Decreto 133

Reglamenta programa especial de educacion basica de trabajadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 138178 · idParte: 6174552

Texto oficial

Artículo 4º: Para cada una de las tres áreas que contempla el plan de estudio que se aprueba por el presente decreto, se formularán objetivos generales. En cada área se definirán cuatro niveles de aprendizaje, estableciéndose los objetivos y contenidos que el alumno deberá lograr en cada uno de ellos. Para efectos de evaluación y seguimiento, cada nivel de aprendizaje constituirá un módulo, según lo describe el siguiente cuadro: Areas Nivel 1 Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 Comunicación y MOD: CL1 MOD: CL2 MOD: CL3 MOD:CL4 Lenguaje. L Cálculo y MOD: CR1 MOD: CR2 MOD: CR3 MOD: CR4 Representación del Espacio Ciencias MOD: CI1 MOD: CI2 MOD: CI3 MOD: CI4 Integradas.