Texto oficial
Artículo 6º: Los alumnos será evaluados con propósitos: de diagnóstico, formativos y acumulativos. La evaluación diagnóstica permitirá establecer el grado de dominio que posee el alumno de los objetivos y contenidos establecidos, para su ubicación en el nivel de aprendizaje correspondiente.
La evaluación formativa determinará el grado de dominio de los objetivos desarrollados.
La evaluación acumulativa determinará el nivel de logro de los objetivos terminales correspondientes a cada área.