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Artículo 4 de la Ley 2.879

Ley 2.879

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138427 / 7250117.

Texto oficial

Art. 4.º Los planos del trazado i obras del ferrocarril, objeto de esta concesion, serán sometidos a la aprobacion del Presidente de la República, dentro de los plazos que se indican en el artículo siguiente.