Texto oficial
Art. 18. Las listas de avalúos formadas en conformidad a estas resoluciones, deberán ser por segunda vez íntegramente publicadas por la Municipalidad en la forma establecida en el artículo 14.
Ley 3.091
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138892 / 9002419.