Texto oficial
Artículo 2º: Existirán dos categorías de Miembros
Honorarios: una de carácter regional, en reconocimiento de
méritos o servicios distinguidos prestados en una región;
y otra de carácter o proyección nacional.
Aprueba reglamento para el otorgamiento de distinciones y establece ''dia de la excelencia en salud''
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139698 / 6179417.