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Artículo 3 del Decreto 232

Aprueba reglamento para el otorgamiento de distinciones y establece ''dia de la excelencia en salud''

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139698 / 6179418.

Texto oficial

Artículo 3º: El Ministerio de Salud podrá otorgar una distinción especial a funcionarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud que en el desempeño de sus funciones han efectuado acciones excepcionales, sobresalientes y hasta en algunas ocasiones heroicas, en beneficio de pacientes o de compañeros de trabajo o a funcionarios que se han destacado a nivel regional o local por promover el desarrollo institucional, cultural y social en sus ambientes de trabajo.