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Artículo 7 del Decreto 1439

Reglamento sobre la aplicacion de la pena de muerte

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 140188 / 7251164.

Texto oficial

Artículo 7.o.- Solamente el Servicio de Prisiones, para su uso exclusivo, podrá tomar fotografías del fusilamiento, filmarlo, grabarlos en cinta magnetofónica o televisarlo en circuito cerrado.