Texto oficial
Artículo 15: El Instituto formará y mantendrá un listado informativo actualizado de los servicios, instituciones, laboratorios y establecimientos autorizados para efectuar la verificación de la conformidad y otorgar los certificados correspondientes, con indicación de los elementos a que se refieren tales autorizaciones, el que tendrá un carácter público y podrá ser consultado por quien tenga interés en ello.