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Artículo 13 del Decreto 792

Reglamenta articulo 4° del decreto ley n° 3.476, de 1980, sobre cursos de educacion tecnica elemental de adultos con 800 clases de duracion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141267 / 6184843.

Texto oficial

Artículo 13°: Los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones: a) Parciales: Son las calificaciones que el alumno obtenga durante el Período lectivo del programa. b) Finales: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en cada asignatura.