Texto oficial
Artículo 16°: Estos cursos de Educación Técnica Elemental de Adultos no conducirán al logro de un título. Esta circunstancia deberá darse a conocer a los participantes con antelación a su inscripción en el respectivo curso.
Reglamenta articulo 4° del decreto ley n° 3.476, de 1980, sobre cursos de educacion tecnica elemental de adultos con 800 clases de duracion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141267 / 6184846.