Texto oficial
Artículo 23°: La elaboración de los programas de estudio será de responsabilidad de la Institución, y deberán ser aprobados por la Dirección de Educación Primaria y Normal.
Los contenidos programáticos de las asignaturas del área de Capacitación en Producción Silvoagropecuaria, serán primordialmente de carácter instrumental y funcional, de aplicación práctica que le permitan al participante afrontar en forma rápida y eficiente los problemas básicos que le presente dicha área Los contenidos del área de formación humana y ético-social deberán facilitar el desarrollo de la persona especialmente para su participación en la vida laboral y comunitaria.