Texto oficial
Artículo 7º: Los recursos del Fondo Nacional de
Fomento del Libro y la Lectura que se señalan en el
artículo 3º de la ley Nº 19.227, se destinarán al
financiamiento, total o parcial, de proyectos, programas y
acciones referidos a:
a) La creación o reforzamiento de los hábitos de
lectura;
b) La difusión, promoción e investigación del libro y
la lectura, en actividades que no constituyan publicidad de
empresas o libros específicos;
c) La promoción y desarrollo de las exportaciones de
libros chilenos;
d) La organización de ferias locales, regionales,
nacionales e internacionales del libro, estables o
itinerantes, en las que participen autores(as) chilenos(as);
e) La organización de eventos y cursos de capacitación
vinculados al trabajo editorial y bibliotecológico;
f) El desarrollo de planes de cooperación internacional
en el campo del libro y la lectura;
g) El desarrollo de sistemas integrados de información
sobre el libro, la lectura y el derecho de autor;
h) La adquisición de libros. Sin embargo, los recursos
del Estado no podrán utilizarse, en ningún caso, para
adquirir más de un 20% de los ejemplares de una misma
edición;
i) La promoción, modernización y mejoramiento de centros
de lectura y bibliotecas, públicos;
j) La creación de cualquier género literario, mediante
concursos, becas, encuentros, talleres, premios y otras
fórmulas de estímulo a los creadores;
k) La capacitación y motivación de profesionales de la
educación y la bibliotecología u otros miembros de la
sociedad en el área de la lectura y el libro;
l) El desarrollo de la crítica literaria y actividades
conexas, en los medios de comunicación, y
ll) La adquisición para las bibliotecas públicas
dependientes de la Biblioteca Nacional, de 300 ejemplares de
libros de autores(as) chilenos(as), según las normas que al
efecto establecerá el Consejo.
La asignación de los recursos del Fondo a los
proyectos o iniciativas, deberá realizarse por concurso
público. Sin perjuicio de ello, en caso de asignación de
recursos para otros programas y acciones del Fondo, se
emplearán los mecanismos de ejecución de recursos
públicos establecidos en la normativa vigente.